Escolaridad: Requisitos que deben cumplir los trabajadores públicos para recibir los S/ 400

¿Los servidores bajo la modalidad CAS recibirán escolaridad? ¿Qué pasará con los docentes? Conozca los detalles establecidos por el Ejecutivo.

Los trabajadores del Estado recibirán una Bonificación por Escolaridad ascendente a S/ 400 en la planilla de enero, según un decreto supremo publicado hoy y refrendado por el presidente Pedro Pablo Kuczynski y el ministro de Economía y Finanzas, Alfredo Thorne.

Para percibir la escolaridad, los trabajadores estatales deberán cumplir de manera conjunta con las siguientes condiciones:

a) Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

b) Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista en el literal precedente. Si no contara con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses laborados.

Incompatibilidad
La norma semana que la percepción de la Bonificación por Escolaridad, no es compatible con la percepción de cualquier otro beneficio en especie o dinerario de naturaleza similar que, con igual o diferente denominación, otorga la entidad pública, independientemente de la fecha de su percepción dentro de este año.

En el caso de los profesores
Para el Magisterio Nacional, la Bonificación por Escolaridad se otorga a los docentes con jornada laboral completa, por un monto no menor a los S/ 400.

En el caso de los servidores comprendidos en regímenes de carrera propia que laboran a tiempo parcial o jornada laboral incompleta, la Bonificación por Escolaridad es de aplicación proporcional a su similar que labora a tiempo completo, bajo responsabilidad de la Oficina de Administración o la que haga sus veces de la entidad respectiva.

Servidores en proyectos
La Bonificación por Escolaridad es de aplicación a los trabajadores que prestan servicios personales en los proyectos de ejecución presupuestaria directa a cargo del Estado; para tal efecto, el egreso se financia con cargo al presupuesto de los proyectos respectivos.
*¿Habrá descuentos?

La Bonificación por Escolaridad no está afecta a los descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro y aportaciones al Sistema Privado de Pensiones. Asimismo, precisan que la Bonificación por Escolaridad no constituye base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, bonificación, beneficio o pensión.

¿Más Bonificación?
De la misma manera, el MEF precisa que en el caso de las entidades públicas que habitualmente han otorgado la Bonificación por Escolaridad, independientemente de su régimen laboral, no podrán fijar montos superiores a los S/ 400.

Caso CAS
De la misma forma, el Decreto Supremo no tiene alcance a las personas contratadas bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), o que prestan servicios bajo la modalidad de Locación de Servicios.

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