Modifican Ley de Contrataciones del Estado para mejorar procesos de adquisición del OSCE

Culminado el proceso de reestructuración del OSCE por excepción y mediante Decreto Supremo se podrán adecuar las funciones del organismo y del Tribunal de Contrataciones del Estado.

En el marco de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso, el Gobierno modificó la Ley de Contrataciones del Estado, con el fin de mejorar los procesos de contratación para la adquisición de bienes, servicios, ejecución de obras y contratación de consultorías.

Mediante el Decreto Legislativo Nº 1341, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se estableció medidas para determinar los marcos jurídicos específicos que permitan modernizar, automatizar y dinamizar la administración pública, así como la reorganización del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

Uno de los cambios se encuentra en el artículo 2 referido a principios que rigen las contrataciones, como la libertad de concurrencia, igualdad de trato, transparencia, publicidad, competencia, eficacia, vigencia tecnológica, sostenibilidad ambiental y social, equidad e integridad.

También se incorporan algunos puntos a la Ley de Contrataciones del Estado, como por ejemplo el referido a las modificaciones convencionales al contrato, indicando que sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones, las partes pueden acordar otros cambios.

“Siempre que las mismas (modificaciones) deriven de hechos sobrevinientes al perfeccionamiento del contrato que no sean imputables a alguna de las partes, permitan alcanzar su finalidad de manera oportuna y eficiente, y no cambien los elementos determinantes del objeto”, señala.

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Asimismo, por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se modificará el reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado en un plazo no mayor de 60 días, contados a partir de hoy.

El presente Decreto Legislativo entrará en vigencia a los 15 días contados a partir de la publicación de las modificaciones al reglamento.

Dentro de los 30 días hábiles de la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo se promulgará el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado.

Además, culminado el proceso de reestructuración del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) por excepción y mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se podrán adecuar las funciones del OSCE y del Tribunal de Contrataciones del Estado.

En los considerandos de la norma se indica que estos cambios tienen como finalidad establecer normas orientadas a maximizar el valor de los recursos públicos que se invierten y a promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en las contrataciones de bienes, servicios y obras.

(Fuente Andina)

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