¿Cuánto tiempo puede pedir licencia sin goce de haber en su trabajo?

César Puntriano socio de PwC explicó que la licencia sin goce de haber no está contemplada como un derecho laboral. Durante el periodo de licencia no se generan beneficios laborales.

¿Necesita tiempo para resolver unos pendientes personales y el horario de su trabajo no se lo permite? Todos los trabajadores que se encuentran en planilla tienen la opción de solicitar a su empleador la licencia sin goce de haber.

El abogado laboralista César Puntriano, socio de PwC, señaló que la licencia sin goce de haber no tiene un plazo, “todo está en función del interés del trabajador y de la necesidad del empleador. El trabajador puede necesitar unos días o un año para ir a estudiar al exterior por ejemplo”, sostuvo.

En tal sentido, explicó que dicha licencia no está contemplada como un derecho laboral pues se trata de un acuerdo entre el trabajador y el empleador.

“Es un acto cuya concesión queda a voluntad o a la discrecionalidad del empleado. La licencia sin goce de haber es un permiso a pedido del trabajador y a discreción del empleador”, indicó.

Si bien el trabajador puede alegar que necesita la licencia por motivos personales, Puntriano manifestó que la justificación es importante ya que al final del día el empleador evaluará dichas razones para aprobar o negar la licencia.

“Durante la licencia sin goce de haber el ciclo laboral está suspendido por tanto no se generan beneficios laborales. Es decir, el trabajador no recibirá gratificaciones, utilidades, CTS, entre otros”, refirió Puntriano.

En caso que usted ya esté tomando una licencia sin goce, sepa que durante el tiempo que haya solicitado el permiso no puede ser despedido.

“No se puede despedir al trabajador durante la licencia porque es imposible que él pueda hacer su descargo. Algunas empresas esperan que la licencia termine y mandan una carta de pre-aviso de despido o también dejan sin efecto la licencia”, puntualizó.

En el sector público
Si el trabajador pertenece al sector público debe tener en cuenta que hay una reglamentación particular para los trabajadores de carrera administrativa. “Un trabajador de un ministerio puede estar en un régimen de carrera administrativa como también puede estar en régimen privado”.

Según explicó Puntriano, en la carrera administrativa hay una norma en la que se señala que los trabajadores tienen derecho a una licencia que puede ser con o sin goce de haber.

“En el Estado hay una norma antigua de la carrera administrativa en la que los trabajadores tiene derecho a la licencia por motivos particulares o por una capacitación no oficializada”, afirmó.

ÚLTIMA HORA ver todas

BLOGS ver todos

Revolución digitalPablo Bermudez

Bye bye Dubai... ¡Bienvenido NEOM! (1 de 3)

Herejías EconómicasGermán Alarco

Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PED...

El Vino de la Semana

Pisco, amor por el Perú

Te lo cuento fácilAlumnos de la Universidad del Pacífico

Guerra en Ucrania: un breve análisis del fac...

Economía para todosCarlos Parodi

Estados Unidos y China

WALL STREET VER TODOS

Será noticia

JOSÉ ANTONIO MONTENEGRO