Editorial: Transfuguismo

Editorial de Gestión como parias a quienes justificadamente salen de su bancada sería un desacato al fallo del TC”

El fallo no le impide al Congreso decidir sobre la situación de los que el TC llama tránsfugas ilegítimos. (Foto: USI)
El fallo no le impide al Congreso decidir sobre la situación de los que el TC llama tránsfugas ilegítimos. (Foto: USI)

FALLO DEL TC. Después de mucha espera y especulaciones, el Tribunal Constitucional (TC) publicó el fallo (por mayoría) referido a la Acción de Inconstitucionalidad planteada por un grupo de parlamentarios contra algunos artículos del reglamento del Congreso que impedían que los congresistas que fueran expulsados o renunciaran a sus bancadas pudieran conformar una nueva.

El argumento de la demanda era que esta decisión del Congreso limitaba la acción política de los parlamentarios.

El TC coincidió, en parte, con los demandantes, pues, a su criterio, el Congreso ha medido con la misma vara a quienes pueden tener una discrepancia válida para dejar su bancada o que, en uso de la libertad de conciencia, decidan votar de manera distinta a la mayoría de su partido (lo que el TC califi ca de transfuguismo legítimo) de aquellos parlamentarios que, como sucedió en el pasado, cambiaron de bancada a cambio de dinero o dádivas.

La sentencia del TC establece que el Congreso deberá delimitar, con claridad, los supuestos legítimos de separación de la agrupación política y fijar un procedimiento para que el parlamentario pueda exponer o argüir respecto a las razones de su salida.

El fallo no le impide al Congreso decidir sobre la situación de los que el TC llama tránsfugas ilegítimos, pero precisa que fortalecer los partidos políticos no puede generar la vulneración de los derechos y atribuciones fundamentales de los congresistas.

Este fallo le pedía al Congreso tomarse el tiempo para implementar medidas en contra del transfuguismo ilegítimo, pero dentro de un contexto de respeto a los principios, valores y derechos constitucionales.

Sin embargo, el Congreso optó por aprobar sin pasar por comisiones y con menos de un día de debate en el pleno una norma que solo permite a aquellos parlamentarios a quienes, después de un proceso interno, se les levante la sanción, integrar una bancada ya existente o el grupo parlamentario mixto.

Es decir, si un congresista vota en contra de lo acordado por su bancada y es sancionado con la expulsión porque así lo establece el reglamento de su agrupación, y la sanción es ratificada por la Junta de Portavoces y el Consejo Directivo del Congreso, a pesar de tener razones válidas para haberlo hecho, no podrá integrar ninguna bancada, justo lo que critica el TC.

Por tanto, esta modificación no basta, pues no se han establecido, con claridad, los supuestos legítimos de separación, y mantener como parias a quienes justificadamente salen de su bancada sería un desacato del fallo del TC frente al cual cualquier congresista podría plantear un recurso de agravio constitucional.

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