Regularán uso de drones: ¿En qué casos se tendrá que tramitar una licencia para operarlos?

Congreso aprobó un proyecto de ley que también dispone crear un registro web público de todos los drones y se fijan operaciones prohibidas, como el usarlos para violar la privacidad de las personas.

El último jueves el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de la “Ley que regula el uso y operaciones de los sistemas de aeronaves pilotadas a distancia”, más conocidos como drones.

La nueva norma establece que en adelante, todos los operadores de drones, ya sea personas naturales o jurídicas, deberán tramitar una licencia que será otorgada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Estarán excluidas de esta obligación los drones para usos de servicios militares, policiales y aduaneros.

También estarán excluidos del requisito de licencia los drones para uso recreativo y aerodeportivo con un peso inferior a los dos kilogramos, subraya la norma.

Los requisitos para otorgar las licencias serán establecidos por el MTC. Se indica que el objetivo es garantizar la seguridad operacional de todos los demás usuarios del espacio aéreo, así como de la seguridad de las personas y bienes en la superficie terrestre y acuática.

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Al respecto, el presidente de la Comisión de Transportes del Congreso, Guillermo Bocángel, destacó la aprobación del proyecto de ley, pues hasta ahora no se contaba con una regulación en el uso de drones.

“El costo de la licencia lo fijará el MTC, pero esperamos que sea pequeño”, señaló el congresista a Gestión.pe.

Registro de drones
Asimismo, el MTC creará un registro de drones y de sus pilotos. Será un registro web público y de acceso gratuito.

Los propietarios de los drones estarán obligados a registrarse, bajo pena de multa, indica la autógrafa de ley que fue enviada al Ejecutivo para su promulgación.

Operaciones prohibidas
La norma también dispone operaciones prohibidas de los drones en caso de:
-Si se pone en peligro la seguridad y la regularidad de las operaciones aéreas tripuladas.

-Si se sobrevuela espacios urbanos o con alta densidad poblacional o áreas naturales protegidas, zonas peligrosas, restringidas, salvo que se cuente con autorización expedida por la autoridad competente.

-Si se viola la privacidad de los ciudadanos.

La norma también da un plazo de 120 días para que sea reglamentada por el Ejecutivo.

Para conocer el texto completo de la autógrafa de ley puede hacer clik en este enlace.

TAGS: drones

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