“Dúo de Internet más telefonía fija de Telefónica no será obligatorio”

El presidente del regulador, Gonzalo Ruiz Díaz, informó que el Tribunal de Controversias de Osiptel aplicó una multa de S/.1.5 mlls. a Telefónica, por ejercer abuso de posición de dominio en el mercado de Internet en el país.

(Foto: Manuel Melgar)
(Foto: Manuel Melgar)

Elías García
egarcia@diariogestion.com.pe

El Tribunal de Controversias del Osiptel emitió un fallo que ordena a Telefónica del Perú que su Plan Dúo, que condiciona la prestación del servicio de Internet a la adquisición de su servicio de telefonía fija, en adelante no será obligatorio, sino opcional para los usuarios, según reveló el presidente de este organismo regulador, Gonzalo Ruiz Díaz.

Esta decisión la adoptó el citado tribunal, luego de investigar la aplicación del producto Dúo de Speedy (acceso a Internet fijo a través de la tecnología ADSL), más telefonía fija, entre los años 2001 al 2011, refirió Ruiz, en diálogo con Gestión.

Como resultado de esa investigación, dicho tribunal determinó que la mencionada empresa incurrió en actos de abuso de posición de dominio, en la modalidad de ataduras (al obligar a la prestación de un servicio, condicionado a recibir otro a la vez), explicó.

La posición de abuso se da porque la compañía, que abarca el 99.7% del mercado de Internet fija, y el 90% del mercado de telefonía fija, con el mencionado plan, habría evitado que más usuarios accedieran a los servicios de telefonía fija de su competidor Telmex, refirió Ruiz.

En el periodo analizado, Telmex se mantuvo solo con una participación en el mercado de telefonía fija entre el 8% y el 9%, aunque su poco crecimiento no se debería exclusivamente a la posición dominante de Telefónica, indicó.

En consecuencia, por considerar que se afectó con esta práctica las condiciones de competencia, el mencionado tribunal dispuso, además, aplicar una multa de 407 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) a Telefónica del Perú, lo que equivale a S/.1.5 millones.

“La multa, que está basada en lo que se estima que son las ganancias obtenidas por dicha empresa, producto de la implementación de esa conducta anticompetitiva”, refirió el titular de Osiptel.

Este fallo del tribunal en mención constituye la última instancia administrativa, por lo que la firma sancionada podrá apelar ante el Poder Judicial, anotó.

Si es que no apelara, Telefónica del Perú, que ya fue notificada la semana pasada, tendrá a partir de esa fecha un plazo de siete meses para aplicar el fallo del regulador.

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