Censo 2017: ¿Qué pasará con los turistas este domingo 22 de octubre?

El INEI advirtió que los turistas podrán trasladarse con normalidad por el territorio nacional por lo que a las empresas y vehículos de servicios turísticos se les dará las facilidades que garanticen su adecuado funcionamiento. Detalles aquí.

Las agencias de viajes y turismo, establecimientos de hospedaje, restaurantes, guías oficiales de turismo y otros prestadores de servicios turísticos podrán operar. (Foto: USI)
Las agencias de viajes y turismo, establecimientos de hospedaje, restaurantes, guías oficiales de turismo y otros prestadores de servicios turísticos podrán operar. (Foto: USI)

Los turistas podrán trasladarse con normalidad por el territorio nacional el 22 de octubre el día del Censo, por lo que a las empresas y vehículos de servicios turísticos se les dará las facilidades que garanticen su adecuado funcionamiento, de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

Los aeropuertos y terminales terrestres, ferroviarios o marítimos funcionarán con normalidad, únicamente se recomienda a los viajeros empadronarse en la Oficina Censal Distrital o en la garita, terminal terrestre o aeropuerto al que arriben.

Las personas que viajen el Día del Censo dentro del territorio nacional podrán empadronarse previamente en la Oficina Censal Distrital correspondiente a su localidad de domicilio o alojamiento.

De no hacerlo, advirtió el INEI tendrán las facilidades para empadronarse en el primer aeropuerto, terminal terrestre o garita al que lleguen durante el horario de empadronamiento del día del Censo. Una vez empadronadas, recibirán una “Constancia de Persona Empadronada”, que le servirá para trasladarse a su vivienda, alojamiento o a su lugar de embarque, según sea el caso.

En cambio, los turistas provenientes del exterior que hayan llegado al país luego de las 00:00 horas del día del Censo no serán empadronados y recibirán una “Constancia de Libre Tránsito”, que les permitirá trasladarse a su vivienda o alojamiento, en vehículos autorizados para circular.

¿Qué pasará con las empresas de servicios turísticos?

Las agencias de viajes y turismo, establecimientos de hospedaje, restaurantes, guías oficiales de turismo y otros prestadores de servicios turísticos podrán operar el 22 de octubre durante el horario de empadronamiento.

Para ello, la Oficina Departamental de los Censos correspondiente a la ubicación de la empresa le extenderá una autorización, siempre que la empresa solicitante se encuentre incluida en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados y/o en la base de datos de prestadores de servicios turísticos a nivel nacional, cuya información será brindada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).

Los datos de las Oficinas Departamentales de los Censos pueden ser consultados en el enlace antes señalado. Solo en el caso de Lima, la solicitud se presentará ante la Oficina del INEI ubicada en el Jr. José María Plaza N° 178, Jesús María.

Las unidades de transporte que trasladen a viajeros, turistas y/o trabajadores del sector, y figuren en las bases de datos del Mincetur, circularán con normalidad el domingo, luego de realizar el trámite antes señalado ante la Oficina Censal Distrital correspondiente a la ubicación de la empresa.

Asimismo, los museos, monumentos, áreas naturales protegidas y sus zonas de amortiguamiento atenderán durante sus horarios habituales.

Los trabajadores del sector turismo que laboren el 22 de octubre, entre las 8 a.m. y las 5 p.m. tendrán empadronamiento especial.

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