Municipalidad de Lima establece causas para inhabilitar de por vida a malos transportistas

La nueva ordenanza mantiene como sanción la suspensión de operación por 60 días y una multa equivalente a 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/ 15,800, a la empresa operadora que cause accidentes.

El Consejo Metropolitano de Lima aprobó una ordenanza en la que se establece que los conductores de vehículos de transporte público que ocasionen accidentes de tránsito, conduzcan en estado de ebriedad o agredan físicamente a un inspector municipal serán inhabilitados de manera definitiva para brindar este servicio.

De acuerdo a las modificaciones planteadas por la Gerencia de Transporte Urbano (GTU) e incorporadas en la norma edil, se dispuso también la cancelación de la autorización para aquellas empresas que presten el servicio de transporte público de pasajeros estando suspendidas por causar un accidente de tránsito u otra infracción que motivó dicha medida.

En la ordenanza se determinó, además, que las empresas suspendidas o los vehículos sancionados por accidentes ya no gozarán del beneficio del pronto pago y deberán cancelar el 100% de la multa impuesta.

La nueva ordenanza mantiene como sanción la suspensión de operación por 60 días y una multa equivalente a 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/ 15,800, a la empresa operadora que cause accidentes.

En caso de reincidencia, la multa se elevará a 8 UIT, que equivalen a S/ 31,600, y la suspensión se extenderá a 120 días.

Al respecto, Alvaro Castro, gerente de Transporte Urbano, resaltó que las medidas buscan disuadir la conducta infractora de los operadores de transporte y reducir los accidentes de tránsito que ponen en riesgo la integridad y seguridad de los usuarios.
Labor del inspector

De otro lado, la nueva ordenanza también fortalece la labor de fiscalización del inspector municipal de transporte que ahora podrá aplicar papeletas de tránsito y retener las licencias de conducir.

Asimismo, autoriza a los inspectores a utilizar cámaras u otros mecanismos electrónicos, computarizados o digitales para su labor de fiscalización del servicio de transporte público en campo y de gabinete.

Finalmente, dispone que Protransporte tenga competencia para fiscalizar el transporte en los corredores complementarios y rutas alimentadoras vigentes y próximas a implementarse.

Tras su publicación, ocurrida, el sábado 13 de agosto, la nueva ordenanza entrará en vigencia en 30 días.

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