Empresas podrán sancionar a trabajadores por falta o tardanza pese a ser día no laborable

El Área Laboral del Estudio Echecopar precisó que el día no laborable, decretado para mañana en caso Perú clasifique a Rusia 2018, será de manera obligatoria para el sector público y opcional para las empresas del sector privado.

Si Perú clasifica al mundial de Rusia 2018, entonces mañana jueves será día no laborable. (Foto: USI).
Si Perú clasifica al mundial de Rusia 2018, entonces mañana jueves será día no laborable. (Foto: USI).

Si esta noche la selección de fútbol del Perú logra vencer a Nueva Zelanda y clasificar al mundial de Rusia 2018, entonces mañana jueves 16 de noviembre será un día no laborable, según una medida del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Sin embargo, el Área Laboral del Estudio Echecopar precisó que dicho día no laborable será de manera obligatoria para el sector público y opcional para las empresas del sector privado.

“Las horas de trabajo del día 16 de noviembre, sin embargo, deberán ser recuperadas por los trabajadores posteriormente”, añadió.

Pero esa no es la única implicancia que tendrá dicha medida sino que también los empleadores del sector privado deberán decidir si sus trabajadores asistirán o no al centro de trabajo el día 16 de noviembre.

“Nuestra recomendación es que se tome una decisión a más tardar durante la jornada del día 15 y se comunique dicha decisión a los trabajadores”, dijo el Área Laboral del Estudio Echecopar.

Asimismo, precisó que si la empresa decide no acogerse al día no laborable, entonces la remuneración ordinaria de los trabajadores no estará sujeta a ninguna sobretasa.

“Además, se podrá sancionar a los trabajadores por su inasistencia o tardanza”, agregó.

También señaló que es posible que los empleadores del sector privado determinen que el día 16 de noviembre será laborable solo para un determinado grupo de los trabajadores de la empresa.

“Las razones para ello deben ser objetivas y estar debidamente justificadas (seguridad, seguridad personal, servicios mínimos o esenciales, asegurar la continuidad de las actividades de la empresa, entre otros). También podría adoptarse una medida alternativa, como postergar la hora de ingreso”, anotó.

En el caso de los empleadores que se acojan al día no laborable, deberán determinar cómo recuperar las horas del día 16 de noviembre.

“La oportunidad de recuperación de las horas de trabajo deberá ser razonable y no puede limitar el día de descanso semanal obligatorio. Las horas dejadas de laborar no podrán ser consideradas a cuenta de vacaciones”, detalló.

Finalmente, enfatizo que no será posible sancionar a los trabajadores del sector público por su inasistencia el día 16 de noviembre.

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