Atendiendo a una disposición de la Comunidad Andina (CAN), de la que el Perú forma parte, Indecopi informó que Digemid deberá cumplir con el retiro del mercado los productos antibacteriales y de aseo personal que contengan triclosán y triclocarbán.
A través de un comunicado, cuenta que en base al documento emitido el 18 de setiembre por Digemid, se dio a conocer el porcentaje máximo permitido de triclosán y triclocarbán, usados como insumos en los productos antibacterianos comercializados en Perú.
De acuerdo a este documento el triclosán puede ser utilizado como preservante en una concentración máxima del 0.3% para dentífricos, pastillas de jabón, jabones líquidos y geles de ducha, desodorantes (no en aerosol), polvos faciales y cremas correctoras y productos para limpiar las uñas de manos y pies y una concentración máxima del 0.2% para enjuagues bucales.
Mientras que el triclocarbán puede ser utilizado como preservante con una concentración máxima del 0.2%. También, permite un manejo de una concentración mayor, y sólo hasta el 1.5%, cuando el producto cosmético que lo contiene se retira con agua.
“En las condiciones de uso establecidas por la Unión Europea, el triclocarbán inhibe primariamente el crecimiento de bacterias gram-positivas, pero también de bacterias gram-negativas, lo que permite proteger la formulación cosmética de una contaminación microbiana”, explicó el comunicado.
Ante lo cual y en su calidad de autoridad de consumo, el Indecopi al conocer las informaciones difundidas por la FDA sobre la prohibición de los productos antibacterianos que contengan triclosán y triclocarbán, se inició las coordinaciones con Digemid a efectos de determinar las acciones a adoptar en nuestro país.
Por lo que, el Perú al pertenecer a la Comunidad Andina de Naciones (CAN), todos los productos cosméticos se encuentran regulados por normas supranacionales, por lo que con la información disponible a la fecha, los países andinos inician consultas para evaluar el uso de los ingredientes triclosan y triclocarbàn en base a pruebas científicas analizar la información científica disponible y tomar una decisión.
“Motivo por el cual, el 15 de setiembre 2017 se llevó a cabo una reunión de los países andinos, acordándose retirar del mercado productos que contienen estos ingredientes: triclosán y triclocarbán, los cuales sólo podrán ser utilizados según la función y concentración detalladas en el segundo y tercer párrafo del presente comunicado. El plazo para hacer efectivo este acuerdo es de un año. La Secretaría General de la CAN publicará la Resolución e Informe Técnico Final en los próximos días”, detalló.
Recordó que, de conformidad con la Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (Ley 29459), Digemid es la autoridad responsable, entre otros aspectos, de supervisar el expendió de productos sanitarios.