Desde diciembre se reducirán plazos para resolver reclamos en servicio eléctrico

Más del 50% de reclamos de usuarios que llegan al Osinergmin es por cobros excesivos de las empresas de distribución eléctrica, principalmente en el interior del país.

Gestion.pe

Edwin Bardales Saucedo
edwin.bardales@diariogestion.com.pe

En la primera semana de diciembre entraría en vigencia la norma elaborada por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) que busca reducir los plazos para resolver los reclamos de los usuarios del servicio eléctrico, principalmente el cobro excesivo en los recibos de luz.

“Tenemos esta propuesta importante para la ciudadanía y se trata de mejorar, dentro del proceso de revisión de nuestras normas y actividades, las normas de reclamos de los usuarios con la idea de agilizar los plazos que se habían previsto para atender esos reclamos”, dijo el presidente del Osinergmin, Jesús Tamayo.

Explicó que la norma actual establece un plazo de 30 hábiles para que una empresa de distribución eléctrica, como primera instancia, y para el propio Osinergmin, como segunda instancia, resuelvan los reclamos de los usuarios.

En ese sentido, adelantó que la propuesta de normativa plantea que ese plazo se reduzca a no más de diez días hábiles para reclamos sencillos tales como corte y reconexión del servicio eléctrico, y los cobros excesivos en los recibos.

“Otra propuesta que estamos haciendo trata de que cuando un usuario hace un reclamo por cobro excesivo, las empresas piden al usuario que realicen una prueba de contraste del medidor para ver si está funcionando o no, pero muchas veces el precio de este contraste es muy alto”, anotó.

El funcionario que una prueba de contraste en Lima, la cual debe ser realizada por una empresa especializada, puede costar hasta S/. 80, sin embargo ese costo puede llegar en zonas de la selva, ya que en esos lugares no existen empresas que hagan esa labor y el usuario tiene que financiar su traslado, lo cual resulta sumamente oneroso, llegando hasta sumas de S/. 1,000.

“Esto impide al usuario hacer su reclamo y ante esa situación, con la propuesta estamos priorizando que primero se realice una revisión documentaria por parte de la empresa para ver si el monto está bien facturado”, dijo.

En caso de no encontrarse errores de facturación, entonces se podrá pedir la revisión del medidor a la empresas distribuidora del servicio eléctrico, dejando de lado así la posibilidad de la prueba de contraste y se atienda adecuadamente al usuario.

¿Pero esto no haría que la empresa sea juez y parte?, al respecto Tamayo refirió ello no ocurrirá, ya que la propuesta del regulador establece que el contraste que realice la empresa proveedora del servicio solo será una de las pruebas que tomará en cuenta el regulador y no la definitiva.

Según cifras del Osinergmin, las quejas por cobro excesivo son poco más del 50% de los reclamos que recibe el regulador. En lo que va del 2014, ha recibido 8,000 quejas de usuarios de los cuales alrededor de 5,000 son por facturación excesiva.

Si bien Lima concentra la mayor cantidad de medidores de distribución eléctrica residencial, Tamayo indicó que la mayor cantidad de reclamos que acoge el Osinergmin provienen de provincias.

“La propuesta está en etapa de recibir comentarios y luego se entrará a un proceso de revisión de los mismos, y en base a eso se publicará la norma final”, señaló.

Asimismo, mencionó que las empresas de distribución eléctrica no tendrían por qué oponerse a la norma del regulador, ya que se tratan cambios en los procedimientos y esta es una norma que va también a mejorar la calidad de los servicios que prestan, así como la percepción de los usuarios sobre las empresas.

En la víspera, el Osinergmin cumplió 17 años de operación, los cuales se han dedicado a la supervisión, regulación y fiscalización del sector energético y minero del Perú.

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