Bono del Buen Pagador: Fijan subsidio para viviendas entre S/ 81,000 y S/ 153,900 en dos tramos

La norma reduce de cuatro a dos los tramos para el subsidio, a razón de un mayor subsidio para viviendas de menor precio.

Foto: Andina.
Foto: Andina.

Tal como se anunció el ministro de Vivienda Edmer Trujillo la semana pasada, el Ejecutivo modificó los rangos para subsidiar viviendas con el Bono del Buen Pagador (BBP), según una norma publicada en el diario oficial El Peruano.

De acuerdo al decreto supremo N° 001-2017-Vivienda (ver aquí), se reduce de cuatro a dos los tramos de subsidio, que antes iban desde S/ 68,850 hasta S/ 202,500, pero ahora eleva el mínimo desde S/ 81,000 (20 UIT) hasta un máximo que se redujo hasta S/ 153,900 (38 UIT).

Como se menciona, este subsidio se realizará en dos tramos y a razón de un mayor subsidio para las de menor precio del predio.

[ LEA TAMBIÉN: MVCS: Viviendas de más de S/ 150,000 ya no se beneficiarán con subsidio desde abril ]

Así, para viviendas cuyo valor oscile entre S/ 81,000 y S/ 121,500 (30 UIT), el subsidio será de S/ 14,000. En tanto, para viviendas cuyo valor enté entre S/ 121,500 y S/ 153,900, el subsidio ascenderá a S/ 12,500

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Esto lo hizo el MVCS mediante la modificación del artículo 2, literal C del artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 29033, Ley de Creación del Bono del Buen Pagador, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-VIVIENDA.

“Nuestros recursos deben ser orientados a quien realmente los necesita”, sostuvo eltitular del sector Edmer Trujillo en RPP Noticias la semana pasada.

Las personas que hasta hoy (fecha en que se publicó la norma) cuenten con el producto de “ahorro programado”, emitido en instituciones financieras intermediarias autorizadas, no se verán afectados por el recorte a dos tramos del subsidio. Estas se regirán por la anterior reglamento que establece la tabla a cuatro tramos.

Para tal efecto, el fondo Mivivienda (FMV) en coordinación con las instituciones financieras intermediarias autorizadas, elaboran el padrón de personas que cuenten con el citado producto hasta la fecha de publicación de la presente norma.

Asimismo, en los proyectos inmobiliarios adjudicados por el FMV hasta la fecha de publicación de la presente norma, se respetarán los valores de vivienda y del BBP establecidos en las bases de los concursos respectivos.

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