Este lunes la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología (CPAAAAE) del Congreso debatirá el pre dictamen del Proyecto de Ley N°3941, que formó parte del cuarto paquete reactivador del Ejecutivo y que busca acelerar trámites ambientales y procesos de expropiación para acelerar los proyectos de inversión.
Al respecto la ONG Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), advirtió que el proyecto, tal como está, comprometería al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
“Además, no contaría con suficientes salvaguardas para proteger los territorios de los pueblos indígenas en lo referente a los títulos de servidumbre, protección de derecho de vía y la expropiación de bienes inmuebles para proyectos de gran envergadura, ya que no especifica la no afectación a los territorios de los pueblos indígenas que se encuentren en proceso de reconocimiento o titulación”, indicó DAR.
Por ello, la ONG recomendó que el pre dictamen no se apruebe sin incluir las siguientes garantías:
-Concluir los procesos de saneamiento físico y legal territorial de pueblos indígenas y afrodescendientes para evitar que la norma afecte los derechos colectivos sobre sus tierras y territorios.
-Base de datos georreferenciada y actualizada de los territorios de los pueblos indígenas, comunidades nativas y campesinas, en proceso de reconocimiento y/o titulación, la misma que debe ser compartida por los organismos públicos especializados que ayude a la toma de decisiones en la promoción de la inversión.
-Plan de fortalecimiento institucional de las autoridades competentes y a los organismos públicos especializados para manejo de información completa y actualizada.
Asimismo refirió que otro aspecto grave del documento, que debe ser eliminado, es la primera disposición complementaria, la cual señala que en tanto se implemente el procedimiento de Certificación Ambiental Global (CAG) –diseñado para el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE)–, los encargados temporales de integrar en los EIA los títulos habilitantes (permisos ambientales generalmente otorgados, por instituciones como ANA o SERFOR, luego de la aprobación del EIA) serán las autoridades sectoriales a cargo de evaluar los EIA detallados o semidetallados, es decir, instituciones como el Ministerio de Energía y Minas (MINEM).
“Así se pierde la esencia de crear este mecanismo para el SENACE como un ente independiente, dar esta labor a instituciones sectoriales aumentaría las funciones que esta entidad ya tiene, a la vez de convertirlo en juez y parte en la certificación ambiental. Asimismo, no se señala que la Línea de Base Compartida cuente con información necesariamente actualizada”, indicó.