Produce suspende actividades extractivas de anchoveta por diez días

La suspensión será de aplicación a la actividad extractiva de anchoveta realizada por embarcaciones pesqueras artesanales y de menor en la zona sur del país.

El Ministerio de la Producción (Produce) suspendió las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) a partir de las 00:00 horas de mañana por un período de diez días calendario, con la finalidad de salvaguardar el stock.

Mediante una resolución ministerial publicada hoy en el diario oficial se precisa que la suspensión se efectuará entre los 16º30’ y 17º00’ Latitud Sur de las 05 a 20 millas marinas de distancia a la costa.

Asimismo, se precisa que la suspensión será de aplicación a la actividad extractiva realizada por embarcaciones pesqueras artesanales y de menor escala dentro de la citada área.

El Instituto del Mar del Perú (Imarpe) efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso, debiendo informar y recomendar oportunamente al Produce las medidas de ordenamiento pesquero.

El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será sancionado conforme al Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas, aprobado por decreto supremo 019-2011-Produce.

La Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para el Consumo Humano Indirecto, entre otras, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, velarán por el cumplimiento de la citada resolución y realizarán las acciones de difusión que correspondan.

Otras resoluciones
En otra resolución ministerial, el Ministerio de la Producción estableció disposiciones para que los gremios de armadores pesqueros, con permiso de pesca para la extracción de los recursos de anchoveta y anchoveta blanca para consumo humano indirecto acrediten su representatividad.

“Ningún armador podrá ser representado por más de un gremio en caso de dualidad, se solicitará a los gremios involucrados la autorización escrita del armador con firma legalizada ante Notario Público, la cual deberá ser presentada dentro de los tres días hábiles siguientes, asignándose al representación en virtud a dicha autorización”, señala el dispositivo.

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