Sentencian a tres contribuyentes a cinco y ocho años de cárcel por defraudación tributaria en Cusco

El primer condenado omitía la declaración de sus ingresos y no emitía comprobantes de pago, mientras que los otros dos crearon empresas para utilizar indebidamente el crédito fiscal.

La Sunat dijo que continuará con sus acciones de formalización en todo el país.
La Sunat dijo que continuará con sus acciones de formalización en todo el país.

La Corte Superior de Justicia del Cusco sentenció a Hector Andrés Ojeda Cornejo, Heraclio Antonio Chacón Enríquez y Judith Illanes Mamani con penas de cárcel de cinco y ocho años por cometer el delito de defraudación tributaria, informó hoy la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat).

El primer condenado omitía la declaración de sus ingresos y no emitía comprobantes de pago, mientras que la pareja creó empresas para utilizar indebidamente el crédito fiscal.

En el primer caso, la Sunat detectó, durante una labor de verificación de rutina, que Hector Andrés Ojeda Cornejo, representante Legal de HAOC E.I.R.L., ocultó sus ingresos y no emitía comprobantes de pago por los servicios que prestaba. Cuando se contrastaron sus ganancias, con lo que declaraba, se evidenciaron irregularidades, formulándose la denuncia penal correspondiente.

Durante las auditorías se determinó que el contribuyente utilizaba un programa informático para registrar los ingresos que no declaraba al ente recaudador. Por este delito fue condenado a cinco años de pena privativa de libertad efectiva y al pago de una reparación civil de S/. 20,000, sin perjuicio de la restitución de lo defraudado en agravio del Estado.

En el segundo caso, la SUNAT determinó que Heraclio Antonio Chacón Enríquez y Judith Illanes Mamani, representantes de IMEX S.A. y Virgen de Copacabana E.I.R.L., constituyeron empresas con sus familiares para gestionar autorizaciones, comercializar combustible de manera informal y/o intercambiarlo por oro, simulando ser productores auríferos cuando se trataba de exportarlo.

Así, utilizaban indebidamente el crédito fiscal para reducir el pago de sus impuestos y emitían comprobantes de pago por compras de combustible a grifos ubicados en Huepetuhe y Mazuco, que nunca realizaron. Debido a ello la SUNAT formuló la denuncia correspondiente, siendo condenados a ocho años de cárcel y al pago de una reparación civil de S/. 50,000 (cada uno) por los daños ocasiones al Estado.

Cabe precisar que de acuerdo a lo establecido en la Ley Penal Tributaria, se sanciona penalmente como “conducta reprochable” a aquel contribuyente que en provecho propio o de un tercero deja de pagar los tributos que le corresponden, valiéndose de cualquier forma de defraudación tributaria. Por eso, la Sunat continuará con sus acciones de formalización en todo el país.

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