Supermercados han sido multados por más de S/ 6 millones desde el 2012 por el Indecopi

En el año 2015 y en lo que va del presente año, el Indecopi ha sancionado por más de S/ 62,000 a diversos supermercados por no informar adecuadamente sobre las restricciones y condiciones de acceso a sus promociones.

El Indecopi ha impuesto desde el 2012 multas a los supermercados por más de S/ 6 millones por diversas infracciones a los derechos del consumidor a nivel nacional, informó la institución.

Estas sanciones fueron aplicadas tras la fiscalización permanente que la institución realiza en defensa de los consumidores.

Las sanciones más aplicadas son:
• No respetar el precio de los productos exhibidos en las góndolas (espacios destinados para su exhibición) y las cajas registradoras.
• Redondear precios en perjuicio del consumidor.
• Falta de idoneidad de productos ofrecidos al público.
• Dar un trato indebido a los consumidores.
• Incumplir con las obligaciones referidas al Libro de Reclamaciones.

En muchos de estos casos el Indecopi ha impuesto sanciones de hasta S/ 30,000, por el hecho de no cobrar efectivamente los precios exhibidos en las góndolas.

En el año 2015 y en lo que va del presente año, se ha sancionado por más de S/ 62,000 a diversos supermercados por no informar adecuadamente sobre las restricciones y condiciones de acceso a sus promociones.

El Indecopi informó que la fiscalización se realiza de manera permanente y en muchos casos mediante la modalidad de ‘supervisores incógnitos’, es decir los fiscalizadores ingresan a los establecimientos como cualquier consumidor para identificar in situ las infracciones que se estarían cometiendo, para luego iniciar los procedimientos sancionadores respectivos.

A nivel nacional
Por ejemplo, hace dos meses se iniciaron las investigaciones a un supermercado en Piura porque habría cobrado montos distintos a los exhibidos en sus anaqueles.

En setiembre, en la ciudad de Cajamarca, se realizaron inspecciones conjuntas con la Fiscalía en los supermercados, por presunta variación de precios en las cajas registradoras.

Aunque en aquella oportunidad no se encontraron diferencias en los precios, la institución realiza inspecciones de manera sorpresiva.

De acuerdo al Código de Protección y Defensa del Consumidor, los proveedores tienen la obligación de cobrar los precios de los productos de acuerdo a lo informado en las góndolas, caso contrario estarían incurriendo en infracciones que podrían ser sancionadas con multas de hasta 450 unidades impositivas tributarias (UIT).

Libro de reclamaciones
Recordó a los consumidores que en caso de tener alguna disconformidad con el producto o servicio, o cuando el proveedor no cumple con el precio y condiciones ofrecidas, pueden hacer uso del Libro de Reclamaciones y exigir el cumplimiento inmediato.

Este documento puede ser físico o virtual, y debe estar a disposición de los consumidores en cada establecimiento. Por el solo hecho de impedir su uso, el proveedor podría ser sancionado, así como también si no responde al reclamo registrado por el consumidor en el plazo máximo de 30 días o no le entrega una copia de su reclamo.

Vías de reclamo
Los consumidores tienen a su disposición diferentes vías de reclamo, incluso gratuitas y sin necesidad de acercarse a la institución.

Por ejemplo el Servicio de Atención al Ciudadano, donde pueden informar las presuntas infracciones para que especialistas se encarguen de verificar e iniciar los procedimientos sancionadores que correspondan.

Para ello deben llamar al 224-7777 si se encuentran en Lima, o al 0-800-4-4040 que es gratuito desde cualquier región.

Otras vías gratuitas de reclamo son:
• Vía Internet, accediendo a www.indecopi.gob.pe, en la sección “Presenta tu Reclamo”.
• Correo electrónico: sacreclamo@indecopi.gob.pe
• Aplicativo móvil ‘Reclamos Indecopi’, de descarga gratuita desde el Play Store, para teléfonos con sistema Android. Es un canal adicional para la recepción de los reclamos de los consumidores a través del SAC. Permite adjuntar archivos relacionados al reclamo, ya sean documentos de texto, imágenes, incluso audios y videos en formatos mp3, mp4, mpeg, wav, mov, etc., con un peso máximo de 20 Mb.

El Indecopi agregó que los consumidores que son los principales aliados para detectar posibles vulneraciones a sus derechos. Por ello, recomendó guardar sus comprobantes de pago así como la publicidad que haya motivado su compra, como sustento ante cualquier reclamo o denuncia que pudieran efectuar.

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