Para el 2020 se tiene previsto el apagón analógico de la televisión, es decir que los receptores que no tengan la tecnología implementada de Televisión Digital, no podrán recibir la señal y para ello requerirán la adaptación de sus equipos.
Ante esta situación, el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) dispuso la publicación de las “Medidas para informar oportunamente a los consumidores sobre la falta de capacidad de los equipos receptores de radiodifusión de recibir señales de radiodifusión bajo el estándar ISDB-T”.
Esta medida abarca directamente a las tiendas comercializadoras, las que deberán implementar el siguiente logotipo en los equipos que no cumplan con los requisitos o la tecnología para la implementación de la Televisión Digital Terrestre (llamada TDT)
Así, en las tiendas tienen un plazo de 90 días, cuando entre en vigencia la norma, para que los comercializadores de televisores informen a los consumidores a través del uso de una etiqueta, entre otros medios, acerca de los equipos que no son compatibles con la señal de TDT del estándar ISDB-T.
Información en el proceso de comercialización de equipos
• Los proveedores que comercialicen equipos receptores de radiodifusión por televisión, para su consumo final en territorio nacional, que no cuenten con un sintonizador digital con el estándar ISDB-T incorporado, antes de realizar la transacción, y a través de los mismos canales de comercialización usados para la realizar la oferta y/o transacción, deben informar a los consumidores que, a partir del año 2020, primero en las localidades de Lima y Callao y posteriormente en las localidades del resto del país, de acuerdo al cronograma establecido en el Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias, se requerirá adicionalmente de un decodificador o sintonizador digital para captar las señales de televisión digital.
• Se deben adoptar las medidas necesarias que permitan acreditar que esta información fue trasladada de manera oportuna, suficiente, clara, apropiada, veraz y fácilmente accesible a los consumidores.
• Sin perjuicio que se puedan utilizar medios distintos para brindar la referida información, a fin de presumir que esta fue trasladada de manera oportuna, suficiente, clara, apropiada, veraz y fácilmente accesible a los consumidores; los proveedores que comercialicen equipos receptores de radiodifusión por televisión podrán adherir la etiqueta.