El Ministerio del Ambiente (Minam) aprobó hoy el listado de mercancías restringidas sujetas a control en el marco de la Ley N° 29811, que establece una moratoria de 10 años que impide el ingreso y producción en el Perú de Organismos Vivos Modificados (OVM), conocidos como transgénicos, con fines de cultivo o crianza, a ser liberados en el ambiente.
Según un decreto supremo del Minam publicado hoy, el listado de mercancías restringidas sujetas a control estará vigente desde mañana lunes 25 de julio.
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El listado fue elaborado por el Minam en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), y fue sometida a consulta pública, en virtud de la cual se recibieron aportes y comentarios para su formulación.
Con la Ley N° 29811, los ministerios del Ambiente, Agricultura y Producción aprobaron el Procedimiento y Plan Multisectorial para la Vigilancia y Alerta Temprana respecto de la Liberación en el Ambiente de los Organismos Vivos Modificados (OVM), más conocidos como transgénicos.
Este era el documento que faltaba para que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) pueda aplicar multas por la comercialización y uso de transgénicos, pues si bien desde hace más de un año el OEFA ya había publicado su escala de multas, aún no las podía ejercer por la falta del Plan Multisectorial.
A continuación te detallamos la lista de mercancías restringidas: