La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicará esta semana un reglamento que termina de normar el acceso de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) al secreto bancario y la reserva tributaria.
Así lo adelantó a Gestión Sergio Espinosa, jefe de la UIF, quien señaló que con dicho reglamento empezará a fluir con más rapidez la información de las cuentas de ahorros y los datos tributarios de personas y empresas sobre las que haya sospechas fundadas de lavado de activos.
A través de un decreto de noviembre del 2016, el Gobierno estableció que la UIF, entidad adscrita a la SBS, podría solicitar ante un juez penal el levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria. El magistrado tiene 48 horas para aceptar o rechazar la solicitud. Antes de esta norma, solo los fiscales tenían esa potestad y el proceso podía tardar meses.
Los bancos y demás empresas financieras requeridas tienen hasta 30 días para remitir la información de las cuentas de sus clientes investigados.
Pero, justamente, para que todo este proceso se ejecute efectivamente faltaba el reglamento que está por publicarse, el cual detalla la información específica que será revelada, como, por ejemplo, el tipo y monto de las operaciones, y las personas y empresas que participan en la transacción.
Además, según el proyecto de reglamento difundido por la SBS, las instituciones que entreguen en forma parcial o tardía la información solicitada serán sancionadas.
Espinosa destacó que el acceso de la UIF al secreto bancario es un buen primer paso para fortalecer la lucha contra los lavadores de dinero.
Sin embargo, consideró que esta medida no es suficiente pues aún requiere de la intervención previa de un juez, ante el cual se debe sustentar el pedido. “El acceso al secreto bancario es necesario que sea sin intervención del juez; no porque el juez no aporte al proceso, sino porque la información se necesita al inicio de una investigación y no al final”, argumentó.
Vacíos legales
Así, la UIF adelantó que insistirá en tener un acceso directo al levantamiento del secreto bancario; pero además indicó que hay otros sectores de la economía que serán regulados pues existen vacíos legales en la lucha contra el blanqueo de dinero.
Antes de fin de año, la SBS presentará al Congreso un proyecto de ley para establecer un proceso de licenciamiento de casas de cambio, casas de empeño y de empresas prestamistas. Hoy, estos negocios solo requieren de un permiso municipal para operar, pero nadie vigila el origen del dinero con el que trabajan, refirió Espinosa.
El objetivo es que, antes de otorgar la autorización de funcionamiento a estos negocios, se evalúe el origen del dinero que usarán y la idoneidad de los propietarios, que podrían estar vinculados a organizaciones delictivas.
Sectores
La UIF prevé emitir hasta marzo una serie de reglamentos para varios sectores que hoy tienen la obligación de reportar operaciones sospechosas de lavado de activos. La norma precisará la información que tendrán que remitir a la UIF, así como los sistemas de prevención que deberán implementar para evitar ser usados por los lavadores, detalló Espinosa.
Así, se publicarán reglamentos específicos para mineras, constructoras, empresas de venta de vehículos; pero también para abogados, contadores y ONG, precisó.
Hace poco se incluyó a los clubes de fútbol y a Perú Compras, entidad que gestiona las compras públicas, como sujetos obligados a reportar. En los clubes de fútbol, se vigilarán las transferencias de jugadores, en las que se mueven fuertes sumas, dijo.
Alistan ley de pérdida de dominio de bienes de lavadores
La pérdida de domino es un instrumento legal sumamente útil en la lucha contra el lavado de activos y el crimen organizado, afirmó Sergio Espinosa, jefe de la UIF. “Ha resultado beneficiosa en países como Colombia, Honduras y Guatemala”, argumentó.
Explicó que tal instrumento sirve para los casos en los que existen dificultades para demostrar la existencia del delito, pero, a la vez, la persona involucrada tampoco puede demostrar que adquirió una propiedad o un patrimonio con medios lícitos. “Como no puede demostrar pierde la propiedad”, indicó Espinosa. “Entonces, la pérdida de dominio sirve para (que la UIF pueda) quitarle las propiedades a los delincuentes, aun en los casos en los que no se les puede probar el delito, porque el grado de prueba penal es mucho más estricto, dado que está en juego la libertad de la persona”, dijo.
La actual Ley de Pérdida de Dominio no ha funcionado, y hoy una nueva norma está en manos del Ministerio de Justicia, refirió Espinosa.