En el marco de las facultades legislativas del Congreso, el Ejecutivo publicará hoy una norma de simplificación para el caso de licencias para negocios.
Dentro de sus principales cambios se establece el uso de “declaraciones juradas” por parte de los ciudadanos y un control posterior a cargo de las municipalidades.
Es decir, por esta norma se presumirá que la información declarada es veraz, en los trámites iniciados por todos los ciudadanos, y que validan así la obtención de diversos permisos.
Gestión supo que la propuesta establece, por ejemplo, que la información de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) se comparta con las municipalidades sin costo (para cotejar la vigencia de poderes en una empresa y casos similares).
De esta manera se busca evitar los procedimientos de retroalimentación innecesariamente de información al interior del Estado.
Otro cambio que se implementará es que las municipalidades ya no podrán establecer cobros por cambio en la zonificación (urbana a comercial y otros), que resultan en la práctica en cobros excesivos e injustificados.
Por ello, se establecerá de manera expresa que la zonificación obtenida corresponderá no solo a la zonificación que la municipalidad determine, sino la que fije el plan aprobado por el Ministerio de Vivienda, Saneamiento y Construcción (MVSC), que puede ser mayor al plazo fijado por la municipalidad.
Así, se busca otorgar mayor predictibilidad (seguridad en los trámites)a los inversionistas respecto al pago del impuesto predial y arbitrios.
Galerías y mercados
Otro cambio que plantea el Ejecutivo para promover los emprendimientos de los ciudadanos, establece que las licencias de funcionamiento, otorgadas para las galerías y mercados, podrán obtenerse además de la forma corporativa (es decir, por el propietario del local y por toda la galería o mercado), de forma individual, es decir, por cada puesto.
De esa manera, ante el incumplimiento en la fiscalización de la licencia otorgada a un puesto de manera individual, no se tendrá como consecuencia el cierre de todo el local comercial.
Asimismo, de acuerdo a la legislación vigente, estos locales reciben el tratamiento de “bajo riesgo” ( locales menores a 100 metros o un inmueble horizontal), con lo cual las inspecciones de verificación son posteriores.
Licencias indefinidas
Finalmente, se establece que en los casos en que se otorgue licencia o certificado de inspección de forma indefinida, ello no retira la obligación de la municipalidad de inspeccionar periódicamente.
Asimismo, en el caso de realizarse cambios en el local comercial, se establece la obligación de informar a la municipalidad bajo sanción de cierre.
De esta manera, se busca que las municipalidades tengan que repensar cómo atraer a las empresas, en un círculo virtuoso, como, por ejemplo, establecer un polo de desarrollo comercial o industrial, en una nueva visión del Estado al servicio del ciudadano.