Contraloría: Más de 780 funcionarios públicos han sido inhabilitados para laborar en el Estado

Según la gravedad de las infracciones cometidas, los funcionarios o servidores públicos pueden ser suspendidos desde 30 a 360 días o inhabilitados para ejercer la función pública desde uno hasta cinco años.

Al 31 de enero de este año, el Órgano Sancionador y el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría General, sancionaron a 784 funcionarios y/o servidores públicos con la suspensión y/o inhabilitación para laborar en el Estado por conductas infractoras graves o muy graves durante el ejercicio de su función.

Según la gravedad de las infracciones cometidas, los funcionarios o servidores públicos fueron suspendidos desde 30 a 360 días o inhabilitados para ejercer la función pública desde uno hasta cinco años.

La relación completa con el resultado del Proceso Administrativo Sancionador (PAS) se ha publicado en la web de la Contraloría General, como una manifestación de su política de transparencia y darlo a conocer a la opinión pública.

De acuerdo con la normativa vigente, las sanciones impuestas por el órgano sancionador, una vez consentidas (es decir, cuando el funcionario o servidor no apeló) o cuando son confirmadas por el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, se inscriben en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) y se publican trimestralmente en el portal web de la Contraloría.

Debido proceso
En el procedimiento administrativo sancionador por responsabilidad administrativa funcional, se respeta el debido procedimiento y todos los principios y garantías que rigen la potestad sancionadora estatal.

Este procedimiento se desarrolla en dos instancias que cuentan con autonomía técnica:

1. La primera instancia a cargo de la Contraloría General, está integrada por un Órgano Instructor que lleva a cabo las investigaciones, otorga el derecho de defensa y propone la determinación de las infracciones y sanciones al Órgano Sancionador que las impone o declara su inexistencia.

2. La segunda instancia está a cargo del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, que es un órgano colegiado, adscrito a la Contraloría General, integrado por cinco vocales elegidos por concurso público, por un período de 5 años, que resuelve los recursos de apelación presentados contra las resoluciones de la sanción.

Aquí descarga la relación de funcionarios y/o servidores públicos sancionados administrativamente al cierre del 2016.

ÚLTIMA HORA ver todas

BLOGS ver todos

Revolución digitalPablo Bermudez

Bye bye Dubai... ¡Bienvenido NEOM! (1 de 3)

Herejías EconómicasGermán Alarco

Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PED...

El Vino de la Semana

Pisco, amor por el Perú

Te lo cuento fácilAlumnos de la Universidad del Pacífico

Guerra en Ucrania: un breve análisis del fac...

Economía para todosCarlos Parodi

Estados Unidos y China

WALL STREET VER TODOS

Será noticia

JOSÉ ANTONIO MONTENEGRO