El Ministerio de Salud (Minsa) publicó hoy una resolución en la que declara improcedente la huelga nacional indefinida convocada a partir del 3 de junio por parte de los gremios de profesionales de la salud entre los cuales figuran obstetras, cirujanos dentistas, biólogos, psicológos, nutricionistas, trabajadoras sociales y tecnólogos médicos.
La norma señala que en la documentación presentada por los gremios de los profesionales de la salud no se ha adjuntado documentación alguna que acredite que la decisión de iniciar una huelga haya sido adoptada en la forma que expresamente ha sido consignada en cada estatuto.
Tampoco existe documentación alguna que refleje la voluntad mayoritaria de los afiliados a cada una de las organizaciones sindicales de base respecto de la adopción de la medida de huelga.
Además no existe evidencia del otorgamiento de facultades por parte de las asambleas generales de cada una de dichas organizaciones para la adopción de la medida de huelga.
Si bien se menciona que se realizó una Asamblea Extraordinaria de los Profesionales de la Salud, ninguna de las agrupaciones, asociaciones y/o sindicatos participantes han acreditado con la documentación pertinente que las personas que se identificaron como representantes de sus organizaciones tengan tal condición y se encuentren autorizados a votar a favor del inicio de la huelga indefinida.
En dicha asamblea participaron la Federación Nacional de Obstetras del Minsa del Perú (Fominsap), la Federación Nacional de Cirujanos Dentistas del Minsa del Perú (Fedecideminsap), el Sindicato de Trabajadores Sociales, la Asociación Nacional de Biólogos del Sector Salud del Perú, la Asociación Nacional de Psicólogos, el Sindicato de Tecnólogos Médicos y el Sindicato de Nutricionistas.
El Minsa indicó que la huelga está convocada para el 3 de junio pero la comunicación informando sobre la medida fue presentada por el 21 de mayo, es decir nueve días antes de la fecha prevista para su inicio, lo que incumple lo establecido en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, que establece que la huelga debe ser comunicada respetando el plazo de antelación de diez días útiles.
También verificó que los gremios de los profesionales de la salud no han presentado la Declaración Jurada prevista en el reglamento de la Ley Relaciones Colectivas de Trabajo, por lo que dicho requisito no ha sido cumplido.