Seguridad Ciudadana: Municipalidades cobrarán servicio de serenazgo a través de recibo de luz

Conozca los detalles sobre qué municipalidades harán el cobro respectivo y cuál es el tope que debería ir en el recibo.

(Foto:USI)
(Foto:USI)

Con la finalidad de fortalecer la sostenibilidad del servicio de serenazgo o seguridad ciudadana brindando por las municipalidades, el Ejecutivo dictó medidas para “Fortalecer la Inversión en Seguridad Ciudadana”. Así, establece que el cobro de los arbitrios fijados para cubrir el citado servicio, será a través de las empresas eléctricas, es decir a través de los recibos de luz.

El DL 1253 emitido en hoy (ver aquí) faculta a las municipalidades que previamente fijen el monto del arbitrio por concepto del servicio de serenazgo o seguridad ciudadana, según corresponda. “Esta medida, es aplicable sólo por las municipalidades que califiquen como urbanas de conformidad con los criterios establecidos por el INEI”, remarca.

Así, las empresas de distribución de energía eléctrica actuarán como recaudadores en el cobro de una fracción del monto del arbitrio.

Determinación del monto – La fracción que se recaude se considera como un pago parcial del monto total del arbitrio fijado por la municipalidad. – El monto mínimo mensual que es cargado al contribuyente por la fracción del arbitrio del servicio de serenazgo o seguridad ciudadana no será menor de un sol (S/ 1.00) y el monto máximo de S/ 3.50. Cada municipalidad determinará el monto aplicable a cada contribuyente. – El monto recaudado por el concepto de seguridad ciudadana no está afecto a los reclamos que por el servicio de energía eléctrica se interpongan. – La fecha de pago de la fracción del arbitrio debe guardar relación con la fecha de vencimiento de pago establecidas en la Ordenanza Municipal que las aprueba.

El total de lo recaudado se destinará exclusivamente para serenazgo o seguridad ciudadana. Así, las municipalidades deben publicar en la página web institucional o en otra vía de comunicación que garantice una adecuada difusión, la recaudación mensual obtenida por la modalidad del cobro mediante el recibo de energía eléctrica, el monto global que la empresa ha cobrado por el servicio de recaudación.

Cada municipalidad remitirá a la Contraloría reportes trimestrales.

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