Tips para acordar con el trabajador un convenio de arbitraje laboral

Gestión conversó con un laboralista sobre los requisitos para celebrar un convenio arbitral de solución de conflictos laborales.

En materia laboral hay dos grandes tipos de conflictos, entre los trabajadores y empleadores, los jurídicos y los económicos (derechos pactados por negociación colectiva), explica Jorge Luis Acevedo, socio del estudio Benites, Forno & Ugaz.

Así, detalla el experto, por regla general la solución de conflictos jurídicos se resuelven en el Poder Judicial. Sin embargo, por excepción se puede acudir a un arbitraje.

Tips
Un árbitro o tribunal arbitral será competente para solucionar un conflicto jurídico laboral cuando las partes voluntariamente así lo hayan pactado.

No obstante, dado que el arbitraje es excepcional, se deberán cumplir ciertos requisitos legales y jurisprudenciales que a continuación detallamos:

1.- El trabajador que suscriba la cláusula debe percibir una remuneración mensual igual o mayor a 70 Unidades de Referencia Procesal (actualmente S/ 27,650.00)

2.- La cláusula arbitral solo puede suscribirse a la conclusión de la relación laboral.

3.- En la cláusula arbitral se debe establecer expresamente y con toda claridad:

3.1.- Qué materias serán las sometidas a arbitraje (remuneraciones, jornadas, beneficios sociales, o en general, todas las pretensiones que tenga su origen en la relación laboral).

3.2.- El periodo que comprende: si abarca sólo los conflictos derivados del cese, de un periodo específico de labores o si comprende todos aquellos generados durante la relación laboral.

Es indispensable ser los más precisos en la elaboración de la cláusula arbitral con la finalidad de no consignar aquello que ambas partes realmente quieren dejar en manos del arbitraje.

De este modo aquellos conflictos que la propia cláusula excluya del arbitraje serán conocidos por el Poder Judicial.

En caso de que estos requisitos no sean observados, el conflicto derivado será conocido y resuelto por el Poder Judicial, con las diferencias que ello implica respecto del arbitraje, anota Acevedo.

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