Pesca incidental de caballa está por debajo de límites establecidos, asegura el Produce

Considerando solo a las embarcaciones que efectuaron descargas con presencia de pesca incidental, se tiene un porcentaje promedio de 3.04% del recurso caballa, informó el Ministerio de la Producción (Produce).

Caballa.
Caballa.

Los reportes diarios de la Primera Temporada de Pesca en la Zona Norte-Centro, muestran que la pesca incidental del recurso caballa se encuentra por debajo de 5% del desembarque total de anchoveta, que es el límite establecido de acuerdo a ley, informó el viceministro de Pesca y Acuicultura, Juan Carlos Requejo.

“Considerando solo a las embarcaciones que efectuaron descargas con presencia de pesca incidental, se tiene un porcentaje promedio de 3.04% del recurso caballa, registrado entre el 18 de junio y 6 de julio, a través de las inspecciones del Programa de Vigilancia y Control, a cargo de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización del Produce”, precisó.

Agregó que en ese lapso de días, el porcentaje promedio de captura incidental fue de 1.50% en la región Piura; de 1.26% en la región La Libertad; de 2.46% en la región Ancash; de 2.64% en la región Lima; de 4.20% en el Callao; y de 4.36% en la región Ica.

Informó que, en aplicación del enfoque precautorio por la incidencia de juveniles del recurso anchoveta y la pesca incidental del recurso caballa, el Ministerio de la Producción declaró la suspensión preventiva de la actividad extractiva, por 48 horas, de tres zonas de pesca: frente a Lambayeque, Lima e Ica respectivamente.

La pesca incidental es la captura accidental de organismos que no son el blanco de la pesca; todas las pesquerías tienen algunas capturas incidentales no deseadas.

Conservación
Requejo recalcó que la Resolución Ministerial N° 228-2016-Produce, que autoriza el inicio de la Primera Temporada de Pesca de Anchoveta 2016 en la Zona Norte-Centro del Perú, incluye medidas de conservación de dicho recurso, así como de especies asociadas y dependientes.

Sostuvo que dicha norma prohíbe la extracción y/o procesamiento de ejemplares de anchoveta con tallas menores a las previstas en las normas vigentes, permitiéndose una tolerancia máxima de 10%, expresada en número de ejemplares.

Asimismo, precisa que el porcentaje de tolerancia de pesca incidental de otros recursos en la pesca de anchoveta, es de 5% de la captura total desembarcada por embarcación, expresada en peso.

RELACIONADAS

ÚLTIMA HORA ver todas

BLOGS ver todos

Revolución digitalPablo Bermudez

Bye bye Dubai... ¡Bienvenido NEOM! (1 de 3)

Herejías EconómicasGermán Alarco

Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PED...

El Vino de la Semana

Pisco, amor por el Perú

Te lo cuento fácilAlumnos de la Universidad del Pacífico

Guerra en Ucrania: un breve análisis del fac...

Economía para todosCarlos Parodi

Estados Unidos y China

WALL STREET VER TODOS

Será noticia

JOSÉ ANTONIO MONTENEGRO