El proceso de homologación es el segundo peldaño del contribuyente para acceder a la correcta emisión de facturas electrónicas, pero puede jugar en contra y retrasar el proceso si es que no se conocen las normas establecidas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
¿En qué consiste el proceso de homologación?
Según la Sunat, este proceso permitirá al ente recaudador evaluar si los sistemas del contribuyente gestionan correctamente la elaboración, emisión, y envío de los comprobantes de pagos electrónicos, según las normas vigentes.
Concluida la fase de homologación, el ente recaudador emitirá una Resolución al contribuyente, autorizándolo como Emisor Electrónico.
Gisella Cuentas, Jefa del Proyecto de Facturas Electrónicas de la Sunat, afirmó que el fin primordial es no rechazar el proceso de facturación porque implicaría mayores costos para el contribuyente, entre ellas, la emisión de nuevos comprobantes.
La especialista sostuvo que la empresa puede tercerizar el 100% de la operación a una entidad especializada, o bien puede realizarlo de manera ‘in house’. “El ente recaudador es transparente en aceptar cualquier elección de emisión de tales facturas”, agregó.
Al respecto, Freddy Gómez, Gerente Comercial de Paperless, afirmó que el proceso de homologación no debería ser un impedimento para el cumplimiento de procesos de las compañías.
Por tal motivo, Gómez, como proveedor tecnológico aseguró que posee procesos automatizados que permitirán cumplir con el plazo de 30 días establecido por el ente recaudador, para recibir la homologación y pueda ser superado sin problemas por sus clientes.
En tanto, Cuentas manifestó que la Sunat está trabajando en la obtención de un padrón de proveedores autorizados, como por ejemplo, Paperless, para que el contribuyente pueda estar informado y sepa a dónde acudir en busca de información de tal servicio electrónico.
Asimismo, recordó que el proceso emisor de facturas electrónicas entrará en vigencia en octubre, y el plazo para informar al ente recaudador era de 72 horas, pero actualmente según nueva resolución, el plazo será de 7 días como máximo.
Al respecto, Cuentas dijo que esta nuevo plazo debe tomarse como un proceso de contingencia, y no dejar para última hora el proceso, debido a que podría generar un retraso en la conformidad de tales operaciones.
“Es muy importante que además de tercerizar, conozcan las normas. Y recomiendo a las empresas no desvincularse del proceso”, afirmó la ejecutiva.
Esta recomendación se refiere a que las empresas son responsables del proceso de emisión, y por ello lo ideal es realizar un set de pruebas antes de octubre (fecha en la que iniciará el proceso), para descartar errores y familiarizarse con el nuevo sistema electrónico.
La ejecutiva anunció que la Sunat empezará una fuerte campaña de difusión de emisión de facturas electrónicas en la televisión a partir del segundo semestre, ya que por ahora seguirá enfocado en la campaña por el pago del Impuesto a la Renta.