Las multas máximas que podrían pagar las empresas que no depositen oportunamente la CTS, fluctúan entre S/. 3,800 (microempresa), S/. 38,000 (pequeña empresa) y S/. 190,000 (mediana o gran empresa), según el número de trabajadores afectados, informó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
“La nueva escala de multas aprobada por el D.S. 012-2013-TR, contiene tres tramos diferenciados. El primero tramo es para la microempresa, el segundo para la pequeña empresa y el tercero para la mediana y gran empresa. La escala de multas para las micro y pequeñas empresas ya está rebajada en 50%, conforme a ley”, precisó Zavala.
Las multas varían según se trate de infracciones leves, como por ejemplo no entregar al trabajador la hoja de liquidación donde conste cómo se ha calculado la CTS o de infracciones graves, cuando las empresas no depositan la CTS dentro del plazo establecido.
Para determinar el monto de la multa se toma en cuenta tanto el sector al que pertenece la empresa, como el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT (S/. 3,800 para el año 2014).
Subsanación voluntaria
La CCL también advirtió que, para las empresas en general, que subsanen voluntariamente la infracción detectada por los inspectores de trabajo durante el proceso de investigación o comprobatorias, las multas serán rebajadas en 90%.
Por ejemplo, si la multa para la micro empresa (10 trabajadores afectados) por no depositar CTS es de S/. 3,800, con la rebaja del 90% la multa será de S/. 380. Igual procedimiento se debe seguir para la rebaja de la multa en la pequeña, mediana y gran empresa”, detalló Zavala.
Además, cabe recordar que las multas a las micro y pequeñas empresas no pueden exceder del 1% de sus ingresos obtenidos en año anterior.