Reducción de multas laborales debería ser para empresas que cumplan las normas, según KPMG

Cambios a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo no beneficia solo a empresas, ya que obligaciones para empleadores y trabajadores se mantienen vigentes, afirma Cynthia Cuba de KPMG.

Gestion.pe

La reducción de multas laborales por faltas a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo podría ser mejorada y aplicarse a las empresas que tengan cierto nivel de cumplimiento de la norma, señaló Cynthia Cuba, gerente senior del Área Laboral y Servicios Internacionales de KPMG Perú.

“La flexibilización de las sanciones dentro de la ley es algo que se puede revisar, lo que hubiera sido propio es flexibilizar un poco las sanciones cuando ya llegas a tener cierto nivel de cumplimiento. De repente se está apresurando un poco la flexibilización”, declaró a Gestion.pe.

Manifestó que los cambios hechos por el Poder Ejecutivo a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo baja “un poco” la intensidad de la norma anterior, aunque es muy prematuro señalar si eso será positivo o negativo, ya que dependerá de cómo es asimilado por las empresas.

“Antes de la modificación se permitió que muchas empresas que, en su momento, no habían tomado ningún tipo de acción frente a un tema tan relevante como es la seguridad y salud en el trabajo, pues lo tomasen. Ahora esperemos que esto no baje un poco la guardia de las empresas y permita continuar generando esa conciencia de tener un sistema de gestión de seguridad en cada empresa, independientemente de la actividad a la que se dedique”, dijo.

En ese sentido, manifestó que lo “ideal” sería que las empresas mantengan la conducta de cumplimiento y generación de sistemas de seguridad que permitan la disminución de los riesgos laborales, enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo.

En materia de sanciones, la especialista explicó que con los cambios aprobados por el gobierno han modificado el escenario que se tenía para aplicar las sanciones de pena privativa de la libertad a los responsables de empresas que no apliquen o implementen sistemas de seguridad y salud para sus trabajadores.

“La norma anterior que la falta de aplicación o implementación de un sistema de seguridad y salud per se ya implicaba una sanción de los responsables con pena privativa de dos a cinco años, y si está negligencia causaba un accidente mortal o con lesión grave, las penas privativas iban de cinco a diez años”, anotó.

Sin embargo, indicó que la nueva norma establece que si hay un accidente mortal o con lesión grave sufrida por el trabajador, el o los responsables serán “pasibles” de ser sancionados con una pena privativa de hasta seis años.

Por otro lado, mencionó que por la complejidad y la gran cantidad de temas que tiene que manejar la empresa para cumplir con la nueva Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo si es necesario el plazo de tres años que ha dictado el gobierno para adaptarse a los cambios.

También consideró “exagerada” la acusación de los sindicatos de que los cambios a la norma solo beneficia a las empresas, ya que tanto las obligaciones para empleadores y trabajadores se mantienen vigentes.

“Se le ha quitado algo de protagonismo al sindicato pero no los ha dejado desprotegidos”, subrayó.

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