El Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) N° 1 del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) publicó hoy una resolución en la que deciden multar a la empresa Telefónica del Perú con 71.72 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que equivalen a S/ 290,466.
La sanción a la empresa se debe a que cometió una infracción grave tipificada en el artículo 13° del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, por el incumplimiento de una serie de resoluciones que buscaban dar solución a reclamos presentados por usuarios.
¿Qué dice dicho artículo? Pues señala que constituye una infracción grave el incumplimiento por parte de la empresa operadora de las resoluciones emitidas por el TRASU en ejercicio de su función de solución de reclamos de usuarios, salvo que dicho tribunal señale en las mismas una calificación diferente.
A Telefónica del Perú se le acusa de incumplir la resolución del TRASU en 15 procedimientos de atención a usuarios, cuyos casos se detallan a continuación:
Al respecto, la empresa presentó sus descargos materia de análisis en el procedimiento administrativo sancionador (PAS) e informó que cumplió con subsanar de forma voluntaria siete casos antes de la imputación de cargos, por lo que habría operador al eximente de responsabilidad.
En dicho descargo, la empresa precisa que no ha existido comunicación alguna por parte de la Secretaría Técnica del TRASU mediante la cual se haya requerido el cumplimiento, por lo que pidió el archivamiento de esos siete casos.
Respecto de los ochos casos restantes, no se pudo efectuar la subsanación voluntaria por parte de la empresa, lo cual es reconocido de forma expresa y por escrito.